jueves, 22 de diciembre de 2011
Los Juanguren y el espadero 30
La última testigo, mujer de Juan de Vega, no respondió nada a la primera tanda de preguntas, pero aporta alguna novedad en la parte segunda del interrogatorio:
Testigo, Inés Martín, mujer de Juan de Vega. Fuéle preguntado lo mismo que a las anteriores, dijo que no sabe ni vió ni ha oído cosa alguna; fuéle preguntado que quién alzó los bienes del dicho Alonso Rodriguez, Alguacil, dijo que estando esta testigo a las puertas de su casa, vió pasar a la dicha Ana de Tovar, mujer del dicho Alguacil, de su casa a la huerta de Juan de Torres hacia la Calle Real, y que se lo ayudaba a llevar una mujer y una negra de casa de Juan de Torres, que no sabe cómo se llaman, y dos niñas hijas de esta testigo, que llaman la una Marina y la otra Catalina, y una negrilla que se llama Juana que es de doña Isabel Cataño1, y vió cómo Leonor Sanchez, mujer de Francisco Fuerte, llevaba unas botijas pequeñas de barro, de hacia casa del dicho Alguacil, y las metió en la dicha huerta, y que no sabe ni vió otra cosa, y esta es la verdad. No firmó.
1.- Cataño es el apellido correcto, y no Cazana, como por error se escribió en la declaración de Leonor Sánchez (ver capítulo anterior).
Aunque muestra voluntad de no inminscuirse en el asunto, su declaración refrenda el hecho de que a Ana de Tovar —y a su causa— la apoyaban muchas personas en Castilleja. No obstante la timidez de esta declarante, se mantiene esa especie de misterio teatral que prima en las anteriores testificaciones: "vió cómo Leonor Sanchez, mujer de Francisco Fuerte, llevaba unas botijas pequeñas de barro, de hacia casa del dicho Alguacil, y las metió en la dicha huerta".
El paso hacia la Calle Real desde la parte norte de la plaza de Santiago a través de la huerta de Juan de Torres, según se dice, complica un poco la distribución de las viviendas que habíamos esbozado, aspecto este que nos interesa particularmente, por mor de construir un plano de la población. Como base de trabajo, podríamos establecer que la dicha huerta ocupaba los terrenos traseros de la actual casa de Salinas, y/o la zona en la que hoy se asienta el Ayuntamiento.
Decíamos en el capítulo anterior que el día 4 de noviembre contempló varias iniciativas y actividades alrededor de la fuga. Una de ellas la impulsó el Alcalde de la Santa Hermandad del pueblo, cargo que este año recaía en Francisco de Contreras. Veamos cómo aquella mañana mientras Hernando Jayán interrogaba a las tres mujeres cuyas declaraciones acabamos de conocer, Contreras ponía en marcha a sus cuadrilleros:
Yo, Francisco de Contreras, Alcalde de la Santa Hermandad de esta Villa de Castilleja de la Cuesta, mando a vos Juan Díaz y Cristóbal García, cuadrilleros de la Santa Hermandad, que vayáis en seguimiento de Juan Martín Haldón el mozo donde quiera lo podrádeis haber de prender el cuerpo, y preso y a buen recaudo lo traed a la Cárcel del Concejo de esta dicha Villa, porque cumpla de derecho en razón de que estando preso en la Cárcel del Concejo de esta dicha Villa con prisiones, por muchos y graves delitos que ha cometido en esta dicha Villa en desacato de la Justicia de ella y de otras personas que ha injuriado y otros delitos que ha cometido, se fué y huyó de la Cárcel, y asimismo donde quiera que podáis haber a Alonso Rodriguez de Triana, Alguacil y Carcelero de esta dicha Villa, le prended el cuerpo y preso y a buen recaudo lo poned en la Cárcel del Concejo de esta dicha Villa, en razón que teniendo en guarda y a su cargo como tal Alguacil Carcelero al dicho Juan Martín Haldón, lo soltó y dejó ir de la Cárcel donde estaba, y si hubiere menester favor y ayuda para la ejecución de lo contenido en este mandamiento, lo podáis pedir y demandar a cualesquier persona, conforme a las leyes de la Santa Hermandad y so las penas en ellas contenidas, y de parte de Sus Majestades y de Justicia pido y requiero, y de la mía ruego y pido por merced a todos los Señores Alcaldes de la Santa Hermandad y otros cualesquier Jueces y Justicias de todas las ciudades, villas y lugares de estos Reinos y Señoríos de Su Majestad, que prendan y manden prender los cuerpos de los dichos Juan Martín Haldón y Alonso Rodriguez de Triana o cualesquiera de ellos, y presos y a buen recaudo los manden enviar y remitir a la Cárcel del Concejo de esta dicha Villa, que a los cuadrilleros y Alguacil y gente que los trajese, yo les mandaré pagar su justo salario, y que lo así, Señores, mandar hacer harán bien y justicia, que al tanto haré yo por sus Cartas y justos ruegos en semejantes casos o en otros justicia, mediante lo cual mando a vos, los dichos mis cuadrilleros, que así hagáis y cumpláis, so pena de 2.000 maravedíes para gastos de la Hermandad. Hecha a 4 de noviembre de 1555 años.
Y la parte del maltrecho Diego Ortiz de Juanguren obtenía directamente del Conde de Olivares, recordemos que albergado aquellos días en el Alcázar sevillano, una Carta Requisitoria para reforzar los resortes judiciales, apretando a Hernando Jayán en el cumplimiento de sus obligaciones como Juez de Comisión. Denota este movimiento una desconfianza manifiesta de la familia hidalga hacia la justicia ordinaria de la Villa:
Hernando Jayán, mi vasallo de mi Villa de Castilleja de la Cuesta, sabed que Diego Ortiz, Alcalde de esa mi Villa, me hizo publicación que, teniendo preso a Juan Haldón, vecino de esa Villa, por comisión mía, en la Cárcel Pública de ella, estando con muy buenas prisiones de grillos y cadenado y al cepo, se fue de la dicha prisión, quedando todas las prisiones sanas, donde parece claro que lo sacaron de ellas, porque era imposible poderse ir de otra manera, y que la ropa del Alguacil y del dicho Haldón la han llevado y escondido, y porque esto es digno de punición y castigo, y para saber quién lo hizo y los que fueron en ello además del Alguacil, conviene hacer información, o si no yo os mando que luego la hagáis, y prendáis a los culpados y les secuestréis los bienes, y podáis contra ellos y contra sus bienes por todo pagar de justicia, condenándoles en las penas que halláreis por derechos civiles y criminales, con consejo de letrado, y hacedlos tener presos a buen recaudo y no déis sueltos ni en fiado, y mirad que me habéis de dar cuenta ... lo cual todo y para cada una cosa de lo que dicho es os doy mi poder cumplido, con sus incidencias y dependencias y anexidades y conexidades, hecho en Sevilla a 4 de noviembre de 1555.
El lunes 4 de noviembre de 1555 ante el Alcalde Ordinario y Juez de Comisión Hernando Jayán, y el escribano público Juan Vizcaíno, pareció el Señor Diego Ortiz*, y presentó la Provisión del Muy Ilustre Señor Don Pedro de Guzmán arriba contenida, y pidió que la obedezca y cumpla, y Hernando Jayán la aceptó, y dijo que está presto a hacer justicia.
* Aunque se muestra su nombre como fórmula burocrática usual, en realidad quien presentó la Provisión fue algún apoderado, con toda seguridad el mismo que viajó a Sevilla a por ella, inmediatamente tras conocer la fuga de Juan Martín Haldón.
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