Momento es ahora de transcribir algunos testimonios:
SELLO QUARTO. AÑO DE MIL SETECIENTOS Y TREINTA Y OCHO.
Acuerdo. En la Villa de Castillexa de la Cuesta en veinte y dos días del mes de febrero de mil setezientos y treinta y ocho años, estando el Conzejo, Justizia y Reximiento de esta dicha Villa en las Casas de su Cabildo como lo han de uso y costumbre, es a saber Xristobal de Vallezillos, Theniente de Governador, Fernando Caro, Alguazil mayor1, Pedro Marquez y Diego de la Palma, Rexidores, todos ofiziales de este Conzejo y de los que únicamente se compone: dixeron que por quanto se les ha hecho saber una orden por impreso remitida a este Conzejo por el Señor Don Rodrigo Caballero Yllanes2, del Conzejo de Su Majestad en el Supremo de Guerra, Asistente de la Ciudad de Sevilla y su Tierra y Juridizión, Super Yntendente General de Rentas e Yntendente de los quatro Reynos de Andaluzía, expresando en dicha orden que con el motivo de la Calamidad que se padeze en estas Andaluzías, originadas de la gran esterilidad y faltas de cosechas y frutos que ha avido así en esta Villa como en todo el Reyno; que la corta vezindad que tiene esta dicha Villa, pues no llegan a Ciento y veinte vezinos a corta diferenzia, pues muchos de ellos se mantienen con la labor de sembrar y otros con las de las Viñas y arboledas, las que la Magestad de Dios Nuestro Señor ha sido servido de que uno y otro, así de sembrados como Viñas y Arboledas se uviese perdido todo, porque en el año próximo pasado de mil setezientos y treinta y siete se uvieron perdido así las Sementeras como los frutos de dichas Viñas y Arboledas, con que han quedado los pobres vezinos destruidos y sin caudal, por no averlo coxido en dicho año de treinta y siete como el de treinta y seis, y estar pereziendo, y los ganados que tenían se les han muerto de hambre por no tener qué darles de comer, ni en el campo Yerba para que se mantubieren; pues ha más de tres meses y medio que Su Magestad Santíssima ha sido serbido de no imbiarnos su Santo Rocío, que si no fuera por el trigo que ha entrado de Ultra mar3, ya ubieran perezido todos de hambre, pues muchos Vezinos han dexado sus Casas y se han ydo a pedir Limosnas a dicha Ciudad de Sevilla, pues no tienen ni han tenido donde ganar un Jornal para mantenerse y sus obligaziones; pues con la gran calamidad que han padezido así de hambre como de enfermedades, pues algunos se han muerto de hambre en las Calles por no aver podido llegar a sus Casas4; y estarse debiendo de los Padrones de millones, zientos y Servizio ordinario y Paja, y aunque por este Conzejo se les ha apremiado para ello para pagar a Su Majestad, que Dios guarde, lo que se le está debiendo de dichos derechos, no ha tenido efecto la cobranza por la gran esterilidad que han padezido y están padeziendo; porque aunque algunos vezinos se han preso porque no ha tenido efecto la cobranza porque perezen de hambre en dicha Cárzel; y este Conzejo en vista de lo relazionado en dicha orden acordó se haga Justificazión de lo referido; para en su Vista ocurrir a donde combenga; y así lo acordaron y firmaron, y señaló, de que doy fe. Xptoval de Vallecillos. Fernando Caro Toval. Diego de la Palma. Señal + de el Señor Rexidor. Ante mí, Pedro Vazquez Oliva.
1.- Fernando Caro Tovar, el "Alguacil de las moscas" en el episodio de la persecución, agresión y captura de Francisco Rabelo y de su primo Eusebio (Agua y hambre III).
2.- Rodrigo Caballero Illanes, nacido en Valverde del Camino (Huelva). Hombre clave en el gabinete del ministro Patiño, fue Corregidor en Salamanca, ciudad que le debe su Plaza Mayor. También, antes de serlo de Sevilla, fue Asistente de Valencia y estuvo a cargo de las Intendencias de ejército en Cataluña, Castilla y Galicia.
3.- El "trigo de mar". Ver Documentación 34.
4.- En efecto, existen varias partidas de defunción al respecto. Aquí ofrecemos dos de ellas:
En Viernes 21 de Septiembre de 1736 Años yo, fray Diego de Santa Maria y Rodriguez, Religioso Terzero de Nuestro Santo Padre San Francisco y Beneficiado de la yglesia Parroquial de Nuestra Señora de la Puríssima Concepción Calle Real de la villa de Castilleja de la Cuesta, enterré el Cuerpo defunto en dicha yglesia de Jazinta Herrera, de estado honesto. Se le dixo Missa de Cuerpo presente con todo, y una Missa y Vigilia cantada a la salida a Missa del duelo; me dixeron no hizo testamento por no tener, y por verdad lo firmé fecho ut supra. Fray Diego de Santa Maria y Rodriguez, Beneficiado.
Entierro de Francisco Gomez. Fábrica, 24. Sepultura, 44. Monttan, 68.
En 18 días del mes de Octubre de mil settezientos ttreinta y seis años Yo, Don Miguel Vazquez Forero, Vicario de estta Villa y su partido, Cura y Beneficiado de la Iglesia Parrochial del Señor Santiago de ella, dí sepultura Eclesiástica al Cuerpo defuntto de Francisco Gomez, marido de Mariana Bermejo, que no pudo recibir los Santos Sacramentos por haber muerto en el campo. Entierro de beneficencia. Don Miguel Vazquez Forero.
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