El 1 de mayo se comunicó el nombramiento de apreciadores al alarife Sebastian Rodriguez y a Juan de los Santos. Mientras tanto Simon Negrón presenta un escrito en el que acusa a Bartolome de declarar con mala fe, por no ser creíble que no recuerde nada de una operación tan propia como fue la venta de las yeguas; en los mismos términos lo acusa de falsedad por su alegada ignorancia sobre el importe del arrendamiento de la casa, siendo así que en el Librete consta con toda claridad que pagaba 100 reales anuales, y que por esta constancia era imposible que no lo supiera. Con respecto a los bienes recibidos por su emancipación, dice Simon que lo cierto es que pasó a su padre dichos bienes pero que los estuvo usando como suyos propios, viviendo como padre de familia separado, lo cual se compromete a certificar en el momento oportuno. Firma Simon su nueva petición al Teniente, con el respaldo del Licenciado don Mateo de Agua y Hermosa.
El 6 de mayo se le da traslado a Bartolome de todo lo anterior. Pasaron los días y Simon Rodriguez Negrón vuelve a dirigirse al Teniente solicitándole que declare a Bartolome en rebeldía, porque no ha contestado, ni se da por aludido, ni dice cosa alguna. El 19 de mayo lo vuelven a citar, y entonces contesta de su puño y letra:
Bartolome Lopes de Pineda, vecino de esta Villa, en los Autos yntentados por Cimon Negron y Otros vecinos de ella, sobre la partición de los vienes que quedaron por fin y muerte de Pedro Lopes mi Padre, digo que de dichos Autos se me ha dado traslado, y para poder pedir en ellos lo que a mi derecho convenga:
A Vuestra Merced Pido y suplico mande que para dicho efecto se me entreguen por el término ordinario, y en el ynterin no corra término ni pare perjuicio dicha notificación, que así es Justicia que pido; protesto lo necesario para ello. Bartolome Lopes de Pineda.
En este momento aparece una nueva persona en el litigio: Jose de Castro Tercero, que apoyado por el licenciado sevillano Jose Arias de Reina, contratado al efecto, ha asumido la representación de Bartolome Lopez de Pineda. Escribe Jose de Castro en nombre de este último diciendo que para responder a la petición de Simon Rodriguez necesita que el presente escribano le de testimonio a la letra de las partidas contenidas en el Librete tocantes a lo que tenía dado a cada uno de los hijos, el cual Librete para en poder de dicho escribano. De esta forma solicita al Teniente dicho testimonio al pie de la letra, y mientras tanto contradice cualquier diligencia y exige que no corra término su notificación.
El 1 de junio el Teniente accede a la petición de Jose de Castro. Se notifica de lo actuado hasta ahora a Simon Negrón, y el escribano Jose Gabriel de las Cuevas (que es en realidad notario público apostólico sustituto, por ausencia, del escribano oficial de la Villa) procede de nuevo, el día 5, a describir el Librete cuya copia se encuentra en el interior del testamento que el difunto otorgara ante los notarios Pedro Cervera Cuadra y Pedro Vazquez.
Simon Negron, ante la tardanza de Jose de Castro Tercero en contestar, vuelve a pedir al Teniente que se los declare en rebeldía, y que mande que se les apremie. De forma que el día 10 dicho Teniente ordena a "cualquier Alguacil de la Villa" que apremie a Jose de Castro. Éste responde por fin pidiendo al Teniente que se cargue a cada hijo y heredero en su "ha de haber" todas las partidas que se expresan en el referido Librete, y que se le abonen a su representado 250 ducados, cantidad que, por lo menos, ha gastado en la comida y manutención que dió a su padre durante aproximadamente cinco años; considerando que Catalina de Pineda se llevó en ropa y otras alhajas, cuando se casó, más de 500 reales, y el arrendamiento de catorce años de la casa junto al Callejón de Valdovina, a 13 ducados cada uno; y que a Juana Mayor, que recibió al contraer matrimonio 550 reales, y los arrendamientos a 100 cada año en la casa del Callejón en la que vivió, añade el apoderado de Bartolome que, aunque se le carguen a su representado los once años de arrendamiento de la casa en donde habitó, es justo también que se le abonen los gastos ocasionados por su padre hasta que murió. Porque también era esta la voluntad del finado, según especificó en su testamento. Y en cuanto al dinero de las yeguas que se le exige a Bartolome, dice Jose de Castro que tres de ellas eran del difunto padre y las otras dos del hijo, pero que en todo caso Pedro Lopez de Pineda lo obsequia con ellas, añadiéndolas por mejora a su parte de herencia. Continúa calificando de despreciable que se pretenda que se cargue a Bartolome con lo que su padre le dió cuando se emancipó, en tanto que no ha tomado cosa alguna por ello; y que lo que le tocó no lo ha disfrutado por haber tenido que emplear su tiempo en cuidarlo, enfermo e inútil como estaba. Termina firmando, y sigue asesorado por el licenciado Jose Arias de Reina.
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