E luego Yn Continenti el dicho Simon Negrón, para esta su probansa ante dicho Señor Theniente, presentó por testigo a Domingo Peres, Vezino de esta Villa, de el qual Su Mersed por ante mí el escrivano resibió juramento por Dios y una Crus en forma de derecho, y el referido lo hiso, y socargo de él ofresió desir Verdad, y siendo preguntado a el tenor de las preguntas de el Ynterrogatorio presentado Respondió a ellas lo siguiente:
1ª A la primera pregunta dijo conose las partes que litigan y tiene notisia de este Pleito, y responde:
Generales. A las Generales de la ley que le fueron fechas dijo no le tocaban en manera alguna, y que es de hedad de sesenta y quatro años, y responde:
2ª A la segunda pregunta dijo sabe tubo a su Cargo tiempo de ocho años Bartolome Lopez de Pineda, Vezino de esta Villa, el Caudal de Pedro Lopez su padre, el que Administraba, y se componía de una cobra de Yeguas de seis cabesas grandes, y tres de a dos años; dos aranzadas de Biña, la una en el término de esta Villa, pago de Cavesa de Moro, y la otra en término de Balensina, en la Sarsosa; y un pegujar de trigo en el sitio de las Escaleras que sembró el año de setezientos treinta y quatro para cojerse en el de treinta y sinco, que persibió dicho Bartolome y con su administrasión corría; sábelo el testigo por aberlo bisto ser y pasar así, y responde:
3ª A la tersera pregunta dijo sabe que las dichas Yeguas en tiempo de Agostos y en los que comprehende la dicha Administrasión se ocupaban en trillar, y es mui Regular ganaren libres de todos Costos quinientos y sinquenta reales de Vellón, los que dicho Bartolome Cobraba; sábelo el testigo por aberlo bisto ser y pasar así, y responde:
4ª A la quarta pregunta dijo sabe por aberlo bisto que dicho Bartolome desfrutaba las dichas dos aranzadas de viña el dicho tiempo, y según la calidad de ellas baldrían anualmente trezientos reales de vellón, libres de todos costos, y responde:
5ª A la quinta pregunta dijo sabe que el dicho Bartolome Lopez recojió a su poder diferentes bienes muebles que oy existen algunos, como son dos arcas, un escritorio, un Bufete y una mesa de comer; sábelo por aberlo bisto, y responde:
6 A la sesta pregunta dijo sabe que las Yeguas que por Don Francisco Herrado, Rezeptor de el Boto, se Bendieron para aser pago de lo que dicho Bartolome Debía, fueron sinco grandes y tres pequeñas, y a oydo desir se Remataron en un mil y sinquenta reales de vellón a el mismo Bartolome y a dicho Su padre, y responde:
7 A la septima Pregunta dijo sabe que el dicho Bartolome, de las Yeguas de dicho su Padre Bendió a Andres de Roxas, Vezino de esta Villa una, en presio de Veinte y seis pesos, y aunque tiene notisia Bendió otra en Triana y un Potro, no sabe el testigo a qué personas ni en qué presios, y responde:
8 A la octaba pregunta dijo sabe que el dicho Pedro Lopez sacaba porsión de trigo en cada un año para ayuda a su sustento y sembrar algunos pegujales como el que Ba rreferido, y otro de sebada, todo lo qual recoxía dicho Bartolome; sábelo el testigo por aberlo bisto, y no sabe qué porsión de él, y responde:
9ª A la Nona pregunta dijo que todo lo que lleba dicho es público y notorio, pública bos y fama, y la berdad so cargo de su juramento; no firmó por no saber, y Su Mersed lo señaló: +
En la dicha Villa dicho dia, mes y año dichos de la dicha Prezentazión y para la dicha Probanza Su Mersed dicho Señor Theniente Resibió juramento por Dios y una Cruz en forma de derecho de Joseph de Cavrera Medina, Vezino de la villa de Camas en la hazienda Nombrada Santa Teresa de Buena Bista, por ante mí el escrivano; lo hiso y socargo de él ofresió desir Verdad, y siendo preguntado a el tenor de las preguntas de el Ynterrogatorio presentado respondió lo siguiente:
1ª A la primera pregunta dijo conose a las partes de este Pleito, y tiene notisia de él, y reponde:
Generales. A las preguntas generales de la Ley que le fueron fechas dijo que aunque Simon Rodriguez Negrón, por quien es presentado, es su pariente, no por eso faltará a la Relijión de el Juramento, ni dejará de desir la Verdad, y que es de hedad de quarenta años, y responde:
2ª A la segunda pregunta dijo sabe que tiempo de ocho años tubo a su Cargo Bartolome Lopes de Pineda la Administrasión de el Caudal de Pedro Lopez su padre, que se redusían a una cobra de yeguas de seis cabesas mayores y tres menores, y a dos aranzadas de viña, la una en el término de esta Villa, pago de Cabesa de Moro, y la otra en el de Balensina en el Sitio de la Sarsosa, y no tiene notisia de el Pegujal que esta pregunta mensiona, y lo demás lo sabe por aberlo bisto, y responde:
3ª A la tersera pregunta dijo sabe por aberlo Bisto, que las dichas Yeguas por los agostos de cada año se arrendaban, y lo que regularmente ganaban libres de todos costos eran quinientos y sinquenta reales de vellón, con la diferiensia de unos años más y otros menos, lo que dicho Bartolome cobraba y persebía; sábelo por aberlo bisto ser y pasar así, y responde:
4ª 5ª A la quarta y quinta pregunta de dicho Ynterrogatorio dijo no puede dar Rasón ni sabe cosa alguna en Rasón de su contenido, y responde:
6ª A la sexta pregunta dijo a oydo desir públicamente en esta Villa que Don Francisco Herrado, Reseptor de el Boto, Bendió en la de Xines porsión de yeguas de las de el dicho Pedro Lopez, para el pago de una deuda del dicho Bartolome, pero no sabe a quién ni en qué presios, y responde:
7ª A la séptima pregunta dijo que en quanto a su contenido solo puede desir que Bió a Andres de Roxas, Vezino de esta Villa, traer una Yegua de las de el dicho Pedro Lopez, no sabe que se la Bendió ni en qué presio, ni si el dicho Bartolome hiso las Bentas que dicho Ynterrogatorio refiere, y responde:
8ª A la octaba pregunta dijo no saber nada de su contenido, y responde:
9ª A la Nona pregunta dijo que lo que lleba dicho en las antezedentes es público y notorio, pública bos y fama y la Verdad socargo de su juramento; no firmó porque dijo no saber, y Su Mersed lo Señaló: +
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